A partir de la respuesta del intendente Luciani, que llegará el lunes a la Cámara Federal de Apelaciones, se desprende que la central termoeléctrica tampoco cuenta con habilitación municipal y se suma a la falta de Certificado de Aptitud Ambiental que le negó Provincia. Toda trucha, pero construida y funcionando.
A fin del 2018 llegó a la municipalidad de Luján el requerimiento por parte de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín para conocer “si está en trámite ante dicho municipio el pedido de habilitación de la Central Térmica Luján II, perteneciente a Araucaria Energy y, en su caso, en qué estado se encuentra”. Vencido los plazos del pedido, el Poder Judicial insistió hace unas semanas para que el intendente responda y finalmente así lo hicieron desde la gestión Cambiemos: la termoeléctrica no cuenta con habilitación municipal y así fue confirmado por la información oficial que se envió el viernes a San Martín.
El oficio llegó por correo por parte de la Cámara Federal pero inicialmente no pasó por las oficinas de Legales, sino que estuvo en Planeamiento donde no se prestó atención a los plazos porque era una medida de ‘mejor proveer’, una denominación técnica jurídica que pasó de largo en diversos escritorios sin demasiadas explicaciones. Una vez que intervino el área de Legales, a continuación la cartera dirigida por Carlos Patetta hizo su informe ante el pedido judicial y la envió a Recursos Tributarios, lugar donde ya había otro expediente: el que originalmente contiene la solicitud de la empresa para ser habilitada en el ámbito municipal.
Dicho expediente -meses antes- había pasado ya por Legales y allí ya se había emitido un dictamen que expresa la imposibilidad de habilitación para Araucaria Energy hasta tanto el Concejo Deliberante apruebe los parámetros normativos que se ajustan al plan regulador para poder instalarse donde está, es decir que se le otorgue el uso de suelo. Misma situación sufre la empresa para con su Certificado de Aptitud Ambiental, con el cual no cuenta ni lo hará si el HCD no lo aprueba.
Entonces hasta que eso no ocurra el permiso no podrá prosperar. Así y todo, hace tiempo ya que la empresa incluso avanzó en poner sus carteles identificatorios y la bandera nacional. Sin los permisos necesarios, ni el cumplimiento de las leyes locales, pero con insignia patria.
En definitiva, lo que decía el dictamen inicial es lo mismo que envió la municipalidad de Luján para el pedido del Poder Judicial y llegará el lunes a la Cámara de Apelaciones de San Martín. La contestación tiene una copia que hace la Dirección de Planeamiento -estrictamente técnica- y además el dictamen de la Dirección de Asuntos Legales donde, palabras más palabras menos, informa que la planta de energía de Araucaria Energy no está habilitada.
¿Cómo sigue la historia? Fernández, Lugones y Salas, quienes componen el Tribunal de la Cámara, deberán dictaminar sobre la “acción preventiva de daño ambiental”, cautelar que presentaron las vecinas afectadas por la termoeléctrica.
En aquella requisitoria expusieron, entre otros pedidos, la necesidad del “cese en forma inmediata las obras de construcción y/o actividad de generación de energía de esa central termoeléctrica hasta tanto se diseñe un sistema sustentable de generación de energía eléctrica y/o se modifique la localización de la usina termoeléctrica trasladándose la misma a una zona APTA para este tipo de emprendimientos. Se cumpla con el Orden Público Ambiental y con la totalidad de la normativa vigente en la materia, local y/o provincial y/o nacional exigible para los procedimientos administrativos ambientales”.